domingo, 23 de julio de 2017

ACUERDO DE LOS TÉRMINOS DEL ENCARGO DE AUDITORIA


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E alcance de esta NIA trata de la responsabilidad que tiene el auditor de acordar los términos del contrato de auditoria con la dirección y cuando proceda con los responsables del gobierno.

El objetivo es aceptar o continuar con el encargo de auditoria únicamente cuando se hayan acordado los términos de la auditoria.

Las condiciones previas a la auditoria es la utilización por la dirección de un marco de información financiera aceptable para la preparación de los estados financieros, este es la dirección la que se encarga de aplicarlo y de aprobarlo el auditor.

El auditor debe determinar si el marco de información financiera es aceptable  y su representación fiel, la dirección deberá entregar al auditor la confirmación de la responsabilidad y aplicación del mismo.

La dirección deberá darle todo el acceso de la información al auditor todo lo que sea relevante en relación a la preparación de los estados financieros, toda información adición, el acceso para que pueda dialogar con el personal de la entidad.

Si la entidad le pone limitación al alcance de alguna información o acceso al personal o documentación física el auditor debera evaluar ya que es una limitación al alcance del trabajo, se abstendrá a emitir una opinión a los estados financieros o se negara a aceptar el encargo de auditoria.


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Si la entidad no le da acceso a la información al auditor es alarma ya que por algún motivo esta ocultando algo relevante de la situación de la entidad.

Acuerdo de los términos de auditoria:

El auditor acordara los términos de la auditoria con la dirección o los responsables del gobierno, estos se haran constar en una carta de encargo incluira:

  • el objetivo y alcance de la auditoria de los estados financieros
  • las responsabilidades del auditor
  • las responsabilidades de la dirección
  • la identificación del marco de información financiera aplicable para la elaboración de los estados financieros
  • una referencia de la estructura y contenido que se espera de cualquier informe emitido por el auditor
En las auditorias recurrentes es necesario recordar los términos del contrato de auditoria.

El auditor no aceptará una modificación de los términos del encargo de auditoría si no existe una justificación razonable para ello.
 


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